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Monthly Archives for noviembre 2022

¿En qué conflictos cotidianos puede mediar un administrador de fincas?

Ruidos

Ya sea por gritos, por fiestas o por cualquier acción que genere excesivos decibelios, suele ser el problema más común en cualquier comunidad. Muchas veces basta con llamar a la policía para que acudan a realizar una medición de ruido. Si sobrepasa lo estipulado por ley, la solución la aportarán los oficiales. No obstante, para evitar llegar a ese punto, puedes pedirle al administrador que ponga sobre aviso a los infractores. Si no hacen caso, será el momento de proceder.

Mascotas

Cuando se trata de animales en una comunidad de vecinos, siempre es un tema más delicado. Existe la posibilidad de que los conflictos vengan dados por simple intolerancia. En estos casos, el administrador puede trasladar un mensaje de conciliación entre las partes implicadas. Sin embargo, muchas veces no es fácil hacer que la gente cambie su forma de pensar. Esto puede suponer que, si tienes un vecino que se queja de los animales sin más, tengáis que toleraros mutuamente.

No obstante, si se trata de un asunto de especies invasoras, de un domicilio con demasiados animales o de un mal uso de las instalaciones comunes a causa de los animales, la cosa cambia. El administrador podrá intervenir y recurrir a las leyes existentes al respecto.

Reformas

Hacer obras es de lo más habitual y está ampliamente regulado. Por ese motivo, aunque sea un problema muy común, suele tener una solución sencilla. Lo mejor es que el administrador te puede asesorar con total conocimiento de causa.

No obstante, también es importante comprender a los vecinos. Se dan muchas situaciones en las que una obra es insignificante, no genera problemas, pero no está autorizada. Solicitar a un vecino que revierta las modificaciones que ha hecho podría terminar en problemas de convivencia más graves. Hay que valorar hasta qué punto interesa entrar en un conflicto que podría ser de por vida. En este sentido, el administrador podrá valorar la situación y buscar la solución más adecuada.

Uso indebido de zonas comunes

Se podría decir que este apartado es un gran cajón de sastre. Existen situaciones obvias, como ensuciar o romper elementos comunitarios. Pero hay otras que pueden hacer dudas hasta al más profesional, sobre todo si ese planteamiento no se ha recogido en los estatutos de la comunidad.

Por eso es importante que, si se da una situación de difícil resolución, se convoque una junta en la que todos los vecinos voten sobre si es adecuado o no. El administrador puede actuará de intermediario con los estatutos de la comunidad y la ley en la mano y, donde estos no sean capaces de llegar, aportará su experiencia y conocimientos.

Morosidad

Quizás el problema más difícil de solventar y perseguir. En cualquier caso, el administrador tiene la responsabilidad de enfrentar la morosidad. Por ese motivo, no solo actuará como intermediario, sino que será una parte esencial y activa en solventar el problema.

Seguridad

Otro punto delicado, pues es difícil trazar la línea de lo que afecta y lo que no a la seguridad vecinal. Por ejemplo, si un vecino va acompañado de gente que otros vecinos consideran “indeseable”, se trataría de un prejuicio injusto. Incluso si los vecinos tuviesen razón, el libre acceso a la comunidad por parte de un propietario debe estar garantizado, vaya con quien vaya.

La cosa se complica más todavía si los problemas de seguridad suceden fuera del portal. Por ese motivo, el administrador deberá asesorar a la comunidad para que esta aplique las medidas necesarias. Muchas veces todo se soluciona instalando cámaras de seguridad, control de accesos u otras medidas.

Basuras

La correcta gestión de residuos de una finca es fundamental. Sin embargo, a veces es complicado demostrar que un vecino ha dejado tirado un envase en algún pasillo, por ejemplo. Incluso si se llegase a demostrar, también es complicado que algunas personas tomen responsabilidad y cesen conductas como esas. Además, no existen sanciones por asuntos de pequeña envergadura, de modo que se trata de uno de los casos más complejos entre vecinos. Todavía más difícil es lidiar con un vecino que acumula basuras en su propia vivienda. Esos casos pueden resultar en plagas de insectos, malos olores o llegar a poner en riesgo la estructura del edificio. Precisamente por eso, este tipo de conflictos son los que más requieren de una intermediación profesional y a la altura.

Cuándo puede el administrador obligar a que cese una actividad molesta

Legalmente, un administrador de fincas no tiene la potestad para exigir nada a un propietario. Lo que si puede hacer es notificar a esa persona de su infracción y de que si no cesa se tomarán medidas. Para que eso sea posible, es fundamental que el vecino esté infringiendo la ley de algún modo. De lo contrario, suele ser imposible que la conducta del vecino sea punible. Además, es importante tener pruebas reales sobre dicha conducta.

Conflictos en los que un administrador de fincas no puede mediar

Además de estos problemas mencionados, existen otros en los que resulta imposible mediar. Se trata, sobre todo, de asuntos como los vecinos que tienen una conducta soez con otros. Si hablamos de la educación de las personas, el administrador poco o nada puede hacer para mejorar sus modales. Siempre puede intentar hablar con ellos, pero de ahí a que le hagan caso hay bastante distancia. Otros problemas en los que tampoco suele ser posible mediar es en los casos de intolerancia, pues viene a ser algo muy similar a tener una conducta correcta.

A modo de conclusión, el administrador de fincas tiene la obligación de mediar en conflictos que supongan una infracción legal y demostrable contra una persona o la comunidad como un conjunto. Además, puede tener la consideración de mediar en asuntos personales, pero si no se garantiza el éxito de su intervención ya que no suele haber un marco legal que le respalde.

fuente. nuevosvecinos.com

¿Es obligatoria la inspección técnica de edificios (ITE) para los trasteros?

¿Es obligatoria la inspección técnica de edificios (ITE) para los trasteros?

En España, la Inspección Técnica de Edificaciones o Inspección Técnica de Edificios (ITE) es un control técnico al que deben someterse cada cierto tiempo los edificios en algunas ciudades.

La ITE debe realizarse de manera obligatoria cuando el edificio tenga una determinada antigüedad y después debe repetirse cada 10 años o bien cuando el informe final lo establezca.

Sin embargo, hay otros casos en los cuales también debe realizarse la ITE que no tienen relación con la antigüedad del edificio, como por ejemplo cuando es solicitada por instituciones municipales, cuando se requiere en una inspección técnica o cuando el edificio forma parte de programas del Estado para su rehabilitación.

El objetivo de esta revisión es evaluar la adecuación de estos inmuebles a las condiciones legalmente exigibles de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato; y, como resultado, determinar las obras y trabajos de conservación que se requieran para mantener los inmuebles en el estado legalmente exigible.

Es una herramienta enfocada en la prevención y preservación de las edificaciones. Con este informe se podrán planificar las obras de rehabilitación y de mantenimiento que haya que llevar a cabo en la edificación.

La ITE está regulada a nivel estatal por el Real Decreto Ley 8/2011 de 1 Julio (art. 17 a 22), sin perjuicio de que a nivel autonómico existan normativas específicas a este respecto que se hayan de cumplir.

Algunas comunidades autónomas, además, disponen de normativa específica sobre conservación de la edificación, y el desarrollo y aplicación de esta normativa se realiza a nivel municipal a través de ordenanzas específicas.

Por tanto, son los ayuntamientos los que finalmente elaboran la ordenanza municipal y el censo de los edificios obligados anualmente a pasar la ITE. De forma generalizada se puede indicar que, en primer lugar, se comprueba la cimentación está en buen estado.

En segundo lugar, se comprueba la estructura, los pilares, forjados y voladizos. Así, se podría concluir que se revisarán obligatoriamente los elementos comunes (estructura, fachadas, cubiertas, medianeras, techos, suelos y particiones).

Se inspeccionarán las instalaciones comunes de suministro eléctrico, de agua y de evacuación de aguas, incluidos los cuartos de contadores. Se revisará el acceso al edificio y el zaguán, la escalera general, el ascensor y los rellanos para evaluar el cumplimiento de las condiciones básicas de accesibilidad.

Respecto a los trasteros, no es un elemento sobre el cual exista obligatoriedad de revisión. Ahora bien, sí que deben ser objeto de la misma cuando sean susceptibles de sufrir daños provocados en la estructura, humedades o cercanía a instalaciones comunes.

Al margen de la obligatoriedad, todos los propietarios de inmuebles e inquilinos tienen el deber velar por la seguridad, salubridad y ornato de sus edificios.

fuente: elconfidencia.com