Viviendas turísticas en comunidades de propietarios: qué puede decidir la junta en 2026

Las viviendas turísticas se han convertido en uno de los principales focos de conflicto en muchas comunidades de propietarios. El incremento de este tipo de alquileres ha generado debates sobre convivencia, seguridad y uso de zonas comunes.

¿Puede la comunidad prohibir una vivienda turística?

Sí, la comunidad puede limitar o condicionar su actividad, pero no es una decisión automática. La Ley de Propiedad Horizontal establece que es necesario un acuerdo adoptado por mayoría cualificada (3/5 del total de propietarios y cuotas de participación).

Además, el acuerdo debe estar correctamente reflejado en acta y cumplir los requisitos formales para evitar impugnaciones.

¿Se pueden modificar los estatutos?

La modificación estatutaria requiere unanimidad, salvo en los casos específicos que permite la normativa actual respecto a viviendas turísticas.

¿Qué ocurre si un propietario incumple?

La comunidad puede requerir formalmente el cese de la actividad y, en caso de persistencia, acudir a la vía judicial.

Conclusión

Antes de adoptar decisiones que puedan generar conflictos o nulidades, es fundamental contar con asesoramiento profesional.

En Gescom Navarra estudiamos cada caso y ayudamos a la comunidad a tomar acuerdos sólidos y legalmente válidos.

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