¿Se puede tener un piso turístico en mi comunidad?
Sí, pero desde abril de 2025 la normativa ha cambiado.
La Ley de Propiedad Horizontal establece que para destinar una vivienda a uso turístico se necesita autorización de la comunidad.
- La aprobación debe contar con el voto favorable de tres quintas partes de los propietarios y cuotas.
- La comunidad puede prohibir, limitar o imponer condiciones a este tipo de actividad.
Por tanto, ya no basta con que los estatutos no lo prohíban: ahora es imprescindible la aprobación expresa en junta.
Requisitos en Navarra
En Navarra, los pisos turísticos están regulados por el Decreto Foral 230/2011 y las ordenanzas municipales.
Para poder alquilar una vivienda como piso turístico, se necesita:
- Inscripción en el Registro de Turismo de Navarra.
- Declaración responsable ante la administración.
- Cédula de habitabilidad vigente.
- Cumplir requisitos de superficie, ventilación y seguridad.
En Pamplona, además, se exige licencia municipal si se alquila la vivienda completa, o comunicación previa si es por habitaciones.
Papel de la comunidad
La comunidad tiene la última palabra.
Puede autorizar, limitar o rechazar el uso turístico de una vivienda mediante acuerdo adoptado por mayoría de tres quintas partes.
Si el piso turístico causa molestias (ruidos, sobreuso de zonas comunes, suciedad…), la comunidad puede impugnar la actividad y pedir su cese.
Un piso turístico solo puede existir en una comunidad si se aprueba por mayoría y cumple la normativa autonómica y municipal.
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