El auge del alquiler vacacional en los edificios residenciales genera continuos debates sobre la convivencia, el uso de las zonas comunes y la seguridad de los inmuebles. Por ello, cada vez más vecinos se preguntan cuáles son las atribuciones legales para regular o limitar la presencia de viviendas turísticas en comunidades de propietarios.
¿Se puede prohibir una vivienda turística en la comunidad? La Ley de Propiedad Horizontal permite a las comunidades de vecinos limitar o condicionar el ejercicio de la actividad de alquiler turístico. Para aprobar la limitación o prohibición de esta actividad se requiere el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios, que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
Es importante señalar que estos acuerdos no tienen carácter retroactivo: afectan a las nuevas licencias que se pretendan establecer con posterioridad a la adopción del acuerdo registrado.
Acuerdos sobre incrementos en los gastos comunes Además de limitar la actividad, la junta de propietarios puede acordar incrementos en la participación de los gastos comunes para las viviendas turísticas en comunidades.
Recargo en cuotas ordinarias: Se puede establecer una participación superior en los gastos comunitarios para los pisos destinados a uso turístico, con un límite máximo del 20% de incremento.
Mayoría requerida: Este acuerdo también requiere la aprobación por mayoría cualificada de 3/5 partes de propietarios y cuotas.
Pasos para tramitar la regulación en la junta de vecinos
Inclusión en el orden del día: El tema debe figurar expresamente convocado en la citación de la junta general.
Votación y acta: Se computan los votos presentes y se notifica formalmente a los ausentes para fijar el acuerdo definitivo.
Inscripción en el Registro de la Propiedad: Para que el acuerdo sea oponible a terceros adquirientes, es fundamental inscribir la limitación en el Registro correspondiente.
Contar con el respaldo y asesoramiento de un administrador de fincas colegiado garantiza que las resoluciones tomadas por la comunidad cumplan estrictamente con el marco legal vigente.


