La presencia de mascotas en comunidades de vecinos es cada vez más habitual y, en muchos casos, origen de conflictos. Ruidos, uso de zonas comunes o problemas de higiene generan dudas sobre qué está permitido y qué no según la normativa.
¿Se pueden prohibir las mascotas?
De forma general, no se puede prohibir la tenencia de mascotas en una vivienda privada, salvo que los estatutos de la comunidad lo recojan expresamente y se trate de una actividad molesta o peligrosa.
Obligaciones de los propietarios
Los dueños deben garantizar que sus mascotas no generen ruidos excesivos, malos olores o situaciones insalubres. El incumplimiento puede dar lugar a reclamaciones por parte de la comunidad.
Uso de zonas comunes
La comunidad puede regular el acceso de mascotas a determinadas zonas comunes, como jardines, piscinas o portales, siempre que las normas estén debidamente aprobadas en junta.
Conflictos habituales y cómo evitarlos
La clave está en la convivencia: respeto, normas claras y comunicación. En casos graves, la comunidad puede iniciar acciones legales si se demuestra una actividad molesta continuada.
Gestión profesional y mediación
Un administrador de fincas ayuda a interpretar los estatutos, mediar entre vecinos y aplicar la normativa vigente para evitar conflictos mayores.


