Cargadores para coches eléctricos en garajes comunitarios: ¿qué debe saber tu comunidad?
El aumento de coches eléctricos ha llegado a los garajes comunitarios. Cada vez más propietarios solicitan instalar un punto de recarga en su plaza de garaje, lo que genera dudas y debates en muchas comunidades de vecinos.
¿Qué puede y qué no puede hacer la comunidad?
Aquí te explicamos las claves desde el punto de vista de la comunidad de propietarios.
¿Puede la comunidad oponerse a la instalación?
La respuesta es no. Según el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal, un propietario puede instalar un punto de recarga para su vehículo eléctrico, siempre que notifique previamente por escrito a la comunidad. No se necesita aprobación de la junta.
👉 Puedes consultar más sobre este tema en nuestro artículo Cambios en la Ley de Propiedad Horizontal 2025.
¿Qué obligaciones tiene la comunidad?
Aunque no puede vetar la instalación, la comunidad puede exigir ciertas condiciones técnicas:
Que el cableado se integre correctamente y no afecte a zonas comunes.
Que la instalación esté realizada por un profesional autorizado.
Que se informe en junta de propietarios, aunque no se vote.
Registrar la notificación en acta por motivos de control y transparencia.
Además, si varios vecinos quieren instalar puntos de recarga, la comunidad puede plantear una infraestructura común para evitar instalaciones desordenadas y fomentar el ahorro colectivo.
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¿Qué medidas preventivas puede tomar la comunidad?
Revisar los estatutos para incluir cláusulas que regulen este tipo de instalaciones.
Estudiar una preinstalación conjunta si se prevé una demanda creciente.
Valorar la instalación de un sistema de recarga compartido.
Contar con asesoría legal y técnica especializada.
En comunidades grandes, lo más recomendable es planificar a medio plazo una red comunitaria escalable y controlada, para evitar conflictos futuros.
¿Existen ayudas para la comunidad?
Sí. Además de subvenciones individuales del Plan MOVES, las comunidades pueden optar a ayudas para la instalación de infraestructuras colectivas. Estas pueden cubrir hasta el 70% del coste, especialmente si se gestionan de forma planificada y con apoyo profesional.
En Gescom Navarra te ayudamos a tramitar estas ayudas, realizar los trámites técnicos y actuar como mediadores entre vecinos, técnicos y administraciones.
Conclusión:
La comunidad no puede prohibir la instalación de un cargador individual, pero sí puede regular y organizar de forma preventiva cómo se gestionan estas peticiones. Un buen administrador colegiado puede marcar la diferencia entre el conflicto y la convivencia.