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¿Puede la comunidad contratar a una vecina del edificio para que limpie las zonas comunes?

¡La respuesta es sí! Pero hay algunos puntos clave que deben considerarse antes de proceder:

1️⃣ Relación contractual: La vecina debe ser contratada mediante un contrato formal que detalle las tareas, horarios y remuneración. Esto asegura que la relación laboral esté regulada y cumpla con la normativa vigente.

2️⃣ Obligaciones legales: La comunidad actúa como empleadora, por lo que debe darse de alta como tal y garantizar que se cumplan todas las obligaciones fiscales y laborales, como la cotización a la Seguridad Social.

3️⃣ Consenso vecinal: Es necesario que la Junta de Propietarios apruebe esta decisión mediante una votación, detallando las condiciones de contratación.

4️⃣ Alternativa profesional: Contratar a una vecina puede ser una opción económica y práctica, pero también es recomendable valorar la contratación de una empresa especializada, que suele ofrecer mayor cobertura y flexibilidad en caso de imprevistos.

En definitiva, la comunidad puede optar por esta solución siempre que se cumplan los requisitos legales y exista un acuerdo claro entre los vecinos. ¡La organización y el cumplimiento son clave para una buena convivencia!